LA REINSERCIÓN SOCIAL
Os dejo un comentario que realicé sobre un tema un tanto controvertido:
Tres meses es mucho tiempo. Por eso, este verano decidí
apuntarme a un curso de verano UMH. Se titulaba Actuación social y policial en el ámbito del menor. Si desgranamos
el título sería: qué hace la administración cuando la parte frágil de la
sociedad sufre o realiza algún tipo de abuso. A pesar de haber ponencias de
carácter exclusivamente policial, también hubo ponencias de carácter
criminológico.
Recuerdo más fervientemente una efectuada por la Dra.
Natalia García Guilabert. Versaba sobre la reinserción social: ese intento de
reconversión que se realiza en los centros de menores y penitenciarios que es
la razón de ser de la pena de privación de libertad. A medida que iba
escuchando la ponencia y veía las tasas de reincidencia en los delitos
cometidos por menores, me preguntaba qué falla en el sistema para que se den
tasas tan elevadas.
Tras
tiempos de lecturas y asistencia a cursos como éste, sigo siendo cauto a la
hora de hablar de la reinserción (reeducación en menores). Si nos detenemos a
analizar a los abusadores y a los violadores, como se dijo en el curso, su
excitación no es tanto tener relaciones sexuales plenas con sus víctimas, sino
la sensación de poder, control o dominio de la situación. Por tanto, hablar de
castración como una solución para este tipo de delincuentes es muestra del
desconocimiento del afirmante.
Otro
caso muy conocido y de rabiosa actualidad es el del terrorista Josu Zabarte
llamado “Carnicero de Mondragón”. Resulta que tras salir de la cárcel antes de
lo previsto por la derogación de la Doctrina Parot, hizo unas declaraciones a
medio nacionales sin mostrar ni un ápice de arrepentimiento y con la desfachez
de llamar ejecutados en vez de asesinados a sus víctimas, lo que nos hace
recordar el célebre libro 1984 con
aquello de la neolengua.
Quizá
este último sea una muestra clara que, tras más de dos décadas en prisión,
sigue creyendo en lo que hizo, se reafirma y no lo condena. Una muestra
evidente de que, en este caso, la reinserción social no ha funcionado. Es en
este punto cuándo se me plantea la famosa pregunta: ¿debería haber salido de la
cárcel alguien con 17 asesinatos a sus espaldas sin mostrar arrepentimiento?
Mi
respuesta es un rotundo no. Si entendemos el derecho como una relación
sinalagmática de derechos-obligaciones, es decir, como la existencia de una
reciprocidad entre el cumplimiento de una obligación y la obtención de un
derecho podemos afirmar que este señor ha incumplido sus obligaciones violando
el derecho fundamental del prójimo, por ellos, debería haber perdido todos los
suyos. Y no, no hablo de pena de muerte. Hablo de prisión permanente no
revisable, esto es, cadena perpetua.
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