LA REINSERCIÓN SOCIAL

Os dejo un comentario que realicé sobre un tema un tanto controvertido:

Tres meses es mucho tiempo. Por eso, este verano decidí apuntarme a un curso de verano UMH. Se titulaba Actuación social y policial en el ámbito del menor. Si desgranamos el título sería: qué hace la administración cuando la parte frágil de la sociedad sufre o realiza algún tipo de abuso. A pesar de haber ponencias de carácter exclusivamente policial, también hubo ponencias de carácter criminológico.

Recuerdo más fervientemente una efectuada por la Dra. Natalia García Guilabert. Versaba sobre la reinserción social: ese intento de reconversión que se realiza en los centros de menores y penitenciarios que es la razón de ser de la pena de privación de libertad. A medida que iba escuchando la ponencia y veía las tasas de reincidencia en los delitos cometidos por menores, me preguntaba qué falla en el sistema para que se den tasas tan elevadas.

Tras tiempos de lecturas y asistencia a cursos como éste, sigo siendo cauto a la hora de hablar de la reinserción (reeducación en menores). Si nos detenemos a analizar a los abusadores y a los violadores, como se dijo en el curso, su excitación no es tanto tener relaciones sexuales plenas con sus víctimas, sino la sensación de poder, control o dominio de la situación. Por tanto, hablar de castración como una solución para este tipo de delincuentes es muestra del desconocimiento del afirmante.

Otro caso muy conocido y de rabiosa actualidad es el del terrorista Josu Zabarte llamado “Carnicero de Mondragón”. Resulta que tras salir de la cárcel antes de lo previsto por la derogación de la Doctrina Parot, hizo unas declaraciones a medio nacionales sin mostrar ni un ápice de arrepentimiento y con la desfachez de llamar ejecutados en vez de asesinados a sus víctimas, lo que nos hace recordar el célebre libro 1984 con aquello de la neolengua.

Quizá este último sea una muestra clara que, tras más de dos décadas en prisión, sigue creyendo en lo que hizo, se reafirma y no lo condena. Una muestra evidente de que, en este caso, la reinserción social no ha funcionado. Es en este punto cuándo se me plantea la famosa pregunta: ¿debería haber salido de la cárcel alguien con 17 asesinatos a sus espaldas sin mostrar arrepentimiento?

Mi respuesta es un rotundo no. Si entendemos el derecho como una relación sinalagmática de derechos-obligaciones, es decir, como la existencia de una reciprocidad entre el cumplimiento de una obligación y la obtención de un derecho podemos afirmar que este señor ha incumplido sus obligaciones violando el derecho fundamental del prójimo, por ellos, debería haber perdido todos los suyos. Y no, no hablo de pena de muerte. Hablo de prisión permanente no revisable, esto es, cadena perpetua.

No soy un experto en temas criminológicos ni psicológicos, no es mi campo de investigación ni de actuación. Lo que sí es mi campo es el análisis de la aportación económica por parte de las instituciones públicas para la investigación de los temas de delincuencia como realiza en centro Crimina de la UMH, para la construcción y apertura de más centros ante la cantidad inasumible de los que están operativos y, finalmente, para dotar a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado de formación suficiente para saber prevenir y/o actuar cuando se encuentren ante casos donde, por suerte, si hay menores implicados y no están en cotas de psicopatía como los adultos en los casos expuestos, se puede actuar y salvar al joven de un mundo que no le conviene. 

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