EFECTOS DE LA LEY DE VIOLENCIA SEXUAL

 

Seguramente, estarán ustedes hartos del asunto, pero no puedo dejar de escribir esta entrada. Cuando se aprobó la Ley de Libertad Sexual, conocida como “ley Montero” o “ley del sí es sí”, muchos juristas ya avisaron que en el marco penológico de la misma se establecía una rebaja de penas, por lo que, de aprobarse, podría provocar rebajas de penas para los ya condenados por dichos delitos. El art. 2.2 CP reza así: “tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena”; de la misma forma se expresa el art. 9.3 CE. Como hicieron caso omiso a los avisos, así como al informe del CGPJ, la ley se aprobó con el voto en contra de PP, Cs, Vox, Navarra Suma y Foro Asturias.

El mismo día que se aprobó dicha ley, dos abogados, Tsevan Rabtan y José María de Pablo, hicieron sendos hilos en Twitter explicando por qué, a su juicio, se iban a producir rebajas de penas, provocando la paradoja de que una ley aprobada por el teóricamente ministerio en defensa de las mujeres iba a resultar beneficiosa para los agresores de tales mujeres. Acto seguido, tanto Victoria Rosell, a la sazón delegada de Estado contra la Violencia de Género, como Angela Rodríguez Pam, secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, calificaron estos abogados como “abogados de los violadores”, acusándoles de “difundir propaganda machista”, y aseguraron que jamás se producirían rebajas con la aprobación de la ley de marras.

Sin embargo, ayer, se conoció la primera noticia en la que a un condenado por agresión sexual a la pena mínima de dicha horquilla con el CP anterior (8 años), se le había rebajado la pena a 6 años. Condena, precisamente, defendido por Tsevan Rabtan. La reacción tardó en llegar, y la primera en pronunciarse fue Victoria Rosell que, sin despeinarse, dijo que hacía falta que los jueces recibieran formación en “perspectiva de género” (entrecomillo porque no sé qué es eso) y que las rebajas se habían producido debido a una interpretación “voluntarista por parte de jueces machistas”. Hoy, Ángela Rodríguez ha comparecido en el Congreso repitiendo vehementemente que los jueces deben “formarse en perspectiva de género”. Yo no consigo entender varias cosas:

  1. Qué es eso de formarse “en perspectiva de género”. Ya se lo pregunté a la número 2 en la lista por Podemos en las elecciones municipales del año 2019 cuando anunciaron su propuesta estrella: “el alumbrado con perspectiva de género”. No me supo responder.
  2. ¿Qué tiene que ver la supuesta formación que deberían recibir con la aplicación de una ley más favorable al reo? ¿La formación en “perspectiva de género” es tan ambiciosa que pretende cambiar el principio de retroactividad de las normas favorables?

En definitiva, el Gobierno aprobó una ley que está provocando un efecto absolutamente contrario al que decían pretender. Ante un error se puede reaccionar de dos maneras: asumiendo el error y aprendiendo o negándolo con cerrazón. Como era de esperar, han reaccionado de la segunda manera. Cada vez son más infantiles e inmaduros la clase política.

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